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Seguro Obligatorio de Automóvil (S.O.A.)  Atrás


Los daños materiales ocasionados (hasta 16 millones por accidente) que causemos con nuestro vehículo a bienes de terceros excluidos el conductor, el propietario, el tomador del seguro los cónyuges y los familiares cercanos (hasta tercer grado).

Los daños personales (hasta 56 millones por víctima) causados a cualquier persona, incluidos los ocupantes de nuestro vehículo y familiares, pero no los del conductor; los gastos de la defensa civil en los tribunales.


Seguro Voluntario (Responsabilidad Civil Ilimitada) Atrás


Los daños causados a terceras personas que excedan el límite de cobertura del SOA, sin límite; gastos de defensa civil en los tribunales y prestación de fianzas.

No cubre normalmente, a los familiares cercanos, que recibirían como mucho los 16 millones de la cobertura del SOA; tampoco suele cubrir los daños que puedan causarse por conducir bajo los efectos del alcohol.


Asistencia en Viaje Atrás


Asistencia a las personas, que cubre al tomador del seguro y al cónyuge, ascendientes y descendientes en primer grado que convivan con él y a su cargo, y a todos los ocupantes del vehículo asegurado.

Remolque del vehículo hasta el taller elegido y en algunas pólizas asistencia técnica con límites de distancia e importes. Algunas pólizas excluyen las prestaciones a vehículos con una cierta antigüedad en caso de avería.


Defensa Jurídica y Reclamación  Atrás


Cubre los gastos que ocasione nuestra defensa ante los tribunales de lo penal: honorarios de abogados, procuradores, otorgamiento de poderes notariales para pleitear, gastos para la obtención de pruebas, costas judiciales, honorarios de peritos y, además, la constitución de fianzas en la vía penal.

También cubre los gastos que ocasione la reclamación (en vía judicial o amistosa) de los daños sufridos por nuestra persona o nuestro vehículo. Resulta muy útil si se tiene un seguro a terceros, pero no tanto si nuestro seguro es a todo riesgo ya que, de producirse un daño, la aseguradora es la primera interesada en reclamar.


Seguro de Ocupantes  Atrás


Se garantiza por el asegurador el pago de las indemnizaciones fijadas en las condiciones particulares de la póliza con motivo de los accidentes que puedan sufrir los ocupantes del vehículo. Ocupante se considera a cualquier persona que ocupe plaza en el auto, incluido el conductor.


Rotura de Lunas Atrás 


Quedan cubiertas del riesgo de rotura por accidente las lunas del vehículo. No se incluyen en esta cobertura los faros o pilotos de vehículo


Robo e Incendio  Atrás 


Incendio: Cubre los riesgos de incendio, rayo y explosión del vehículo tanto en circulación como en estacionamiento.

Robo: Se indemnizan los daños o pérdida del vehículo asegurado a consecuencia de sustracción o intento de sustracción. Los daños causados en el vehículo a consecuencia de la tentativa de sustracción, o los que presente el vehículo una vez recuperados estarán cubiertos al 100 % en ningún caso se cubre los bienes que se encuentren en el interior del vehículo y no sean elementos integrantes del mismo. Los accesorios estarán cubiertos únicamente en el caso de que se haya estipulado así en las condiciones particulares.


Seguro a Todo Riesgo Atrás


Los daños ocasionados a nuestro coche por incendio, explosión (tanto si se produce en circulación como en reposo), robo del vehículo o sus componentes, o accidente, y tanto si es causado por culpa nuestra como por culpa de otra persona.

En esta modalidad si no hay franquicia, el importe de la indemnización de los daños sufridos en el vehículo va a cargo de la compañía íntegramente, sin deducir ninguna cantidad.


Retirada de Carnet Atrás


Se abona al asegurado/conductor un subsidio mensual, durante un periodo establecido en las condiciones particulares en el caso de que le sea retirado el permiso de conducción.


Vehículo de Sustitución  Atrás


Sustitución del vehículo asegurado. Después de un robo o un accidente, mientras el vehículo no esté reparado o recuperado, la entidad aseguradora le pagará el alquiler o le facilitará un vehículo de similares características al asegurado durante el plazo fijado en la póliza.  


e-mail: seguros@csllorens.com | Tel.: 902 300 520

   

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